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Participación ciudadana (y 3): Derechos de nueva ciudadanía PDF Imprimir Correo electrónico
Escrito por vegeve   
domingo, 10 julio 2005
Este es el tercer texto estudiado en la Convención de "Ciutadans pel canvi" celebrado en Berga el mes pasado. Posiblemente sea el texto más problemático (sobre todo después de los atentados de Madrid y ahora de Londres), pero no deja de ser interesante lo que se está haciendo en otros sitios y sobre todo plantear el motivo este "nuevo" derecho.

"1- Presentación

Los ciudadanos procedentes de la inmigración a nuestra tierra son, hoy por hoy, mucho más que una realidad. Es por ello que los procesos migratorios se han convertido en uno de los factores fundamentales que inciden en el proceso de transformación social, política y cultural de nuestra sociedad. A menudo hay tendencia a llamar inmigrantes a todas las personas llegadas desde otro país, aunque lleven entre nosotros 10, 15 o 20 años. Si bien es cierto que se hace un proceso migratorio hasta llegar a nuestra tierra, una vez en nuestro país disfrutan de sus papeles, han agrupado o no a su familia, con sus hijos en la escuela, etc. Deberíamos dejar de considerarlos inmigrantes y pasar a darles el tratamiento de ciudadanos. Los recién llegados y aquellos que llevan ya más tiempo son los vecinos de nuestros barrios y municipios, independientemente de su origen cultural o religioso.

Es evidente, por lo tanto, que es muy importante desarrollar políticas de acogida para las personas que acaban de llegar, pero es igualmente necesario hacer un esfuerzo para que estas personas dejen de ser “los inmigrantes” y pasen a recibir el tratamiento de ciudadanos con derechos y deberes en igualdad de oportunidades y sin ninguna discriminación de los autóctonos.

En este sentido, las políticas de acomodación son políticas de gestión del proceso de cambio social generado por la llegada de nuevas personas y por lo tanto cualquier integración o adaptación debe ser bidireccional. Los ciudadanos y la sociedad de acogida deben hacer un esfuerzo mutuo de diálogo y convivencia, lo que significa que los derechos y deberes tienen que ser comunes. El mejor camino para conseguirlo es desarrollar el concepto de ciudadanía, ciudadanos y ciudadanas con derechos y deberes que comparten un espacio y unos intereses comunes. Es así como se consigue un sentimiento de pertenencia al país donde se vive. Tenemos que construir y querer nuestros barrios entre todos, lo que ya estamos aquí y los que llegan de nuevo, todo lo que forma parte de nuestro pueblo, municipio o ciudad (la escuela, los parques, la calle, los centros cívicos, los centros de jóvenes, las mujeres, la gente mayor, las asociaciones de vecinos, las iglesias, las mezquitas, etc.) debería considerarse como patrimonio de todos y todas los ciudadanos y ciudadanas que viven en él. En este sentido queda mucho por hacer en Cataluña, en España y en Europa, ya que muchos ciudadanos procedentes de la inmigración o autóctonos consideran que hay cosas que forman parte del otro y sobre las que no hace falta ni hablar ni participar. Es por esto que nuestro modelo utilizado como la vía catalana de integración debe ser la Interculturalidad, que es la asignatura pendiente en Cataluña, es decir, distintas culturas, pero interrelacionadas, frente al multiculturalismo que defiende culturas aisladas, un modelo que no deberíamos adoptar.

2- Situación actual

En España, el acceso a la ciudadanía se realiza a través de la nacionalidad. En líneas generales, para su obtención son necesarios 10 años de residencia ininterrumpida, con la excepción de algunos países latinoamericanos, Filipinas, etc., en los cuales con 2 años de residencia ya puede conseguirse la nacionalidad.

La Constitución Española en su artículo 13.2 indica que los ciudadanos no españoles sólo tendrán derecho de sufragio activo y pasivo cuando así lo establezcan los tratados o la Ley, según criterios de reciprocidad (que los ciudadanos españoles lo puedan hacer en el país de origen de los inmigrantes). Parece lógico, pues, la necesidad de modificarla, dado que no existen
convenios de reciprocidad con la inmensa mayoría de países de los cuales proviene la inmigración residente en España.

Evidentemente, la actual Ley de Extranjería en su artículo 6.1 sigue la misma línea. La única participación posible es la que indica el artículo 6.2: “Los extranjeros residentes, empadronados en un municipio, tienen todos los derechos establecidos para tal concepto en la legislación de bases de régimen local, pueden ser escuchados en los asuntos que los afecten según lo que dispongan los reglamentos de aplicación”.

El Parlamento Europeo, el Consejo Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones se han pronunciado en distintas ocasiones a favor del derecho a voto de los inmigrantes que residen en los Estados Miembros de la UE. A iniciativa de la Comisión Europea se publicó el 10 de noviembre de 2004 el primer “Manual Europeo de Integración de Inmigrantes” en el que se recomienda a los Estados Miembros que concedan a los inmigrantes legales el derecho a voto – al menos en las elecciones municipales – y que les faciliten la nacionalidad para promover su integración, así como el establecimiento de estructuras consultivas.

La Constitución Europea habla de la importancia de la integración de los inmigrantes y del reconocimiento de sus derechos. A pesar de que no la pueden votar, saben reconocer que es el mejor modelo de democracia y de defensa de los Derechos Humanos Universales que tenemos hoy en el mundo, pero piden a la vez que se trabaje para el reconocimiento del Derecho a Voto, para que acaben siendo ciudadanos europeos de pleno derecho.

El dictamen del Comité Europeo y Social del 2003 sobre la incorporación a la ciudadanía de la Unión Europea remarca que “hacen falta políticas públicas y actitudes sociales integradores para conseguir que Europa sea una buena tierra de acogida, una sociedad inclusiva, plural e intercultural. Integrar adecuadamente los residentes actuales y futuros que procedan de terceros países constituye un objetivo estratégico para los europeos.”

La Constitución Europea fija los principios directores de una Política Común en materia de inmigración, cosa que no es así en los tratados actuales. Así mismo, el texto de la Constitución nos dice que la Unión adoptará medidas para dar soporte a los esfuerzos de los Estados miembros en materia de integración de los ciudadanos de países terceros. Por lo tanto, la ciudadanía europea – o ciudadanía cívica – debe constituir el centro del proyecto europeo, dado que supone la expresión jurídica más acabada de la voluntad de la Unión Europea de hacer real y efectivo, de forma progresiva y creciente, el derecho indivisible y universal de la igualdad de todas las personas ante la ley.

La incorporación de la Carta de los derechos fundamentales en la Constitución europea es un gran avance para todos los ciudadanos que residen en la Unión en lo referente al respeto de los Derechos Humanos incluidos sin duda los derechos nacionales de países terceros.

3- Propuestas o acciones concretas

Es en este contexto que se hace necesario trabajar por los derechos de la nueva ciudadanía. Deben darse los derechos básicos para que se puedan pedir los deberes como a todo ciudadano. La inmigración, tanto la de primera generación como sus hijos, no necesita privilegios ni paternalismos sino reconocimiento de derechos y deberes, de igualdad de oportunidades con los autóctonos.

Uno de los pasos importantes a dar en nuestras ciudades es empezar a considerar como derecho fundamental de la ciudadanía la participación política, el derecho al sufragio activo y pasivo aunque sólo sea en las elecciones municipales como ya sucede en otros países de la Unión Europea: Irlanda, Bélgica, Suecia (también en las regionales), Dinamarca y Holanda.

Podemos pedir a los nuevos ciudadanos que se integren en nuestra sociedad, pero si no les dejamos ejercer el derecho a voto les estamos diciendo que su integración en el municipio y la toma de grandes decisiones tiene un límite, catalogándolos claramente como ciudadanos de segunda categoría. Sin duda, la participación política y la capacidad de decidir políticamente sobre las cuestiones que les afectan directamente motivan el interés por los problemas del conjunto de la sociedad.

Actualmente existen mecanismos para que sus reclamaciones sean escuchadas. El problema reside en que éstas quedan sin resolverse en muchos casos durante años, ensanchando así la separación entre el Ayuntamiento, la sociedad autóctona y los nuevos ciudadanos. También existe la utilización política por parte de algunos partidos políticos – como sucedió en las últimas elecciones municipales -, con total indefensión de los inmigrantes, dado que no pueden votar.

Por lo tanto, parece que es de sentido común defender el derecho a voto en las elecciones municipales en el nuevo Estatut. A pesar de ser competencia estatal, el hecho que quedase reflejado mostraría la voluntad del pueblo de Cataluña y de sus instituciones de incorporar los nuevos ciudadanos a la normalidad democrática del país."

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