Este es el tercer texto estudiado en la Convención de "Ciutadans pel canvi" celebrado en Berga el mes pasado. Posiblemente sea el texto más problemático (sobre todo después de los atentados de Madrid y ahora de Londres), pero no deja de ser interesante lo que se está haciendo en otros sitios y sobre todo plantear el motivo este "nuevo" derecho.
"1- Presentación
Los ciudadanos procedentes de la inmigración
a nuestra tierra son, hoy por hoy, mucho más que una realidad.
Es por ello que los procesos migratorios se han convertido en
uno de los factores fundamentales que inciden en el proceso de
transformación social, política y cultural de nuestra
sociedad. A menudo hay tendencia a llamar inmigrantes a todas
las personas llegadas desde otro país, aunque lleven entre
nosotros 10, 15 o 20 años. Si bien es cierto que se hace
un proceso migratorio hasta llegar a nuestra tierra, una vez en
nuestro país disfrutan de sus papeles, han agrupado o no
a su familia, con sus hijos en la escuela, etc. Deberíamos
dejar de considerarlos inmigrantes y pasar a darles el tratamiento
de ciudadanos. Los recién llegados y aquellos que llevan
ya más tiempo son los vecinos de nuestros barrios y municipios,
independientemente de su origen cultural o religioso.
Es evidente, por lo tanto, que es muy importante
desarrollar políticas de acogida para las personas que
acaban de llegar, pero es igualmente necesario hacer un esfuerzo
para que estas personas dejen de ser “los inmigrantes”
y pasen a recibir el tratamiento de ciudadanos con derechos y
deberes en igualdad de oportunidades y sin ninguna discriminación
de los autóctonos.
En este sentido, las políticas de acomodación
son políticas de gestión del proceso de cambio social
generado por la llegada de nuevas personas y por lo tanto cualquier
integración o adaptación debe ser bidireccional.
Los ciudadanos y la sociedad de acogida deben hacer un esfuerzo
mutuo de diálogo y convivencia, lo que significa que los
derechos y deberes tienen que ser comunes. El mejor camino para
conseguirlo es desarrollar el concepto de ciudadanía, ciudadanos
y ciudadanas con derechos y deberes que comparten un espacio y
unos intereses comunes. Es así como se consigue un sentimiento
de pertenencia al país donde se vive. Tenemos que construir
y querer nuestros barrios entre todos, lo que ya estamos aquí
y los que llegan de nuevo, todo lo que forma parte de nuestro
pueblo, municipio o ciudad (la escuela, los parques, la calle,
los centros cívicos, los centros de jóvenes, las
mujeres, la gente mayor, las asociaciones de vecinos, las iglesias,
las mezquitas, etc.) debería considerarse como patrimonio
de todos y todas los ciudadanos y ciudadanas que viven en él.
En este sentido queda mucho por hacer en Cataluña, en España
y en Europa, ya que muchos ciudadanos procedentes de la inmigración
o autóctonos consideran que hay cosas que forman parte
del otro y sobre las que no hace falta ni hablar ni participar.
Es por esto que nuestro modelo utilizado como la vía catalana
de integración debe ser la Interculturalidad, que es la
asignatura pendiente en Cataluña, es decir, distintas culturas,
pero interrelacionadas, frente al multiculturalismo que defiende
culturas aisladas, un modelo que no deberíamos adoptar.
2- Situación actual
En España, el acceso a la ciudadanía
se realiza a través de la nacionalidad. En líneas
generales, para su obtención son necesarios 10 años
de residencia ininterrumpida, con la excepción de algunos
países latinoamericanos, Filipinas, etc., en los cuales
con 2 años de residencia ya puede conseguirse la nacionalidad.
La Constitución
Española en su artículo 13.2 indica que los
ciudadanos no españoles sólo tendrán derecho
de sufragio activo y pasivo cuando así lo establezcan los
tratados o la Ley, según criterios de reciprocidad (que
los ciudadanos españoles lo puedan hacer en el país
de origen de los inmigrantes). Parece lógico, pues, la
necesidad de modificarla, dado que no existen
convenios de reciprocidad con la inmensa mayoría de países
de los cuales proviene la inmigración residente en España.
Evidentemente, la actual
Ley de Extranjería en su artículo 6.1 sigue
la misma línea. La única participación posible
es la que indica el artículo 6.2: “Los extranjeros
residentes, empadronados en un municipio, tienen todos los derechos
establecidos para tal concepto en la legislación de bases
de régimen local, pueden ser escuchados en los asuntos
que los afecten según lo que dispongan los reglamentos
de aplicación”.
El Parlamento Europeo,
el Consejo Económico y Social Europeo y el Comité
de las Regiones se han pronunciado en distintas ocasiones a favor
del derecho a voto de los inmigrantes que residen en los Estados
Miembros de la UE. A iniciativa de la Comisión Europea
se publicó el 10 de noviembre de 2004 el primer “Manual
Europeo de Integración de Inmigrantes” en el
que se recomienda a los Estados Miembros que concedan a los inmigrantes
legales el derecho a voto – al menos en las elecciones municipales
– y que les faciliten la nacionalidad para promover su integración,
así como el establecimiento de estructuras consultivas.
La Constitución
Europea habla de la importancia de la integración de los
inmigrantes y del reconocimiento de sus derechos. A pesar
de que no la pueden votar, saben reconocer que es el mejor modelo
de democracia y de defensa de los Derechos Humanos Universales
que tenemos hoy en el mundo, pero piden a la vez que se trabaje
para el reconocimiento del Derecho a Voto, para que acaben siendo
ciudadanos europeos de pleno derecho.
El dictamen del Comité
Europeo y Social del 2003 sobre la incorporación
a la ciudadanía de la Unión Europea remarca que
“hacen falta políticas públicas y actitudes
sociales integradores para conseguir que Europa sea una buena
tierra de acogida, una sociedad inclusiva, plural e intercultural.
Integrar adecuadamente los residentes actuales y futuros que procedan
de terceros países constituye un objetivo estratégico
para los europeos.”
La Constitución Europea fija los
principios directores de una Política Común en materia
de inmigración, cosa que no es así en los
tratados actuales. Así mismo, el texto de la Constitución
nos dice que la Unión adoptará medidas para dar
soporte a los esfuerzos de los Estados miembros en materia de
integración de los ciudadanos de países terceros.
Por lo tanto, la ciudadanía europea – o ciudadanía
cívica – debe constituir el centro del proyecto europeo,
dado que supone la expresión jurídica más
acabada de la voluntad de la Unión Europea de hacer real
y efectivo, de forma progresiva y creciente, el derecho indivisible
y universal de la igualdad de todas las personas ante la ley.
La incorporación de la Carta de los derechos
fundamentales en la Constitución europea es un gran avance
para todos los ciudadanos que residen en la Unión en lo
referente al respeto de los Derechos Humanos incluidos sin duda
los derechos nacionales de países terceros.
3- Propuestas o acciones concretas
Es en este contexto que se
hace necesario trabajar por los derechos de la nueva ciudadanía.
Deben darse los derechos básicos para que se puedan pedir
los deberes como a todo ciudadano. La inmigración, tanto
la de primera generación como sus hijos, no necesita privilegios
ni paternalismos sino reconocimiento de derechos y deberes, de
igualdad de oportunidades con los autóctonos.
Uno de los pasos importantes a dar en nuestras
ciudades es empezar a considerar como derecho
fundamental de la ciudadanía la participación política,
el derecho al sufragio activo y pasivo aunque sólo sea
en las elecciones municipales como ya sucede en otros países
de la Unión Europea: Irlanda, Bélgica, Suecia (también
en las regionales), Dinamarca y Holanda.
Podemos pedir a los nuevos ciudadanos que se
integren en nuestra sociedad, pero si no les dejamos ejercer el
derecho a voto les estamos diciendo que su integración
en el municipio y la toma de grandes decisiones tiene un límite,
catalogándolos claramente como ciudadanos de segunda categoría.
Sin duda, la participación política y la capacidad
de decidir políticamente sobre las cuestiones que les afectan
directamente motivan el interés por los problemas del conjunto
de la sociedad.
Actualmente existen mecanismos para que sus reclamaciones
sean escuchadas. El problema reside en que éstas quedan
sin resolverse en muchos casos durante años, ensanchando
así la separación entre el Ayuntamiento, la sociedad
autóctona y los nuevos ciudadanos. También existe
la utilización política por parte de algunos partidos
políticos – como sucedió en las últimas
elecciones municipales -, con total indefensión de los
inmigrantes, dado que no pueden votar.
Por lo tanto, parece que es
de sentido común defender el derecho a voto en las elecciones
municipales en el nuevo Estatut. A pesar de ser competencia
estatal, el hecho que quedase reflejado mostraría la voluntad
del pueblo de Cataluña y de sus instituciones de incorporar
los nuevos ciudadanos a la normalidad democrática del país." Escribe tu comentario (3 Comentario[s]) |